Aprobado por el Ministerio de Justicia y del Derecho según Resolución No. 1561 del 3 de junio del 2009 y Resolución No. 0949 del 13 de septiembre de 2018.
En nuestro Centro nos caracterizamos por:
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*Todo pago realizado estará sujeto a verificación de acuerdo con los hechos, pretensiones, estimación de la cuantía de la solicitud, tarifas y competencia del Centro.
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Doc. Conciliación Insolvencia
Doc. Modelo de cláusula compromisoria
Doc. Modelo de contrato de compromiso
Doc. Formato de solicitud ley 1996 de 2019
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Formatos en línea:
Formulario Ley 1996
Formulario Insolvencia
Formulario Conciliación
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Recuerda que te ofrecemos la posibilidad de hacer trámites virtuales acogiendo los beneficios y disposiciones que trae la ley. Para mayor información comunicarse con nosotros a través de nuestro correo conciliacionyarbitraje.med@upb.edu.co
De acuerdo con la ley 1996 de 2019 y el decreto 1429 de 2020 "Por medio de la cual se establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad" el Centro de Conciliación se encuentra habilitado para realizar la formalización de suscripción de apoyos y directivas anticipadas.
Ofrecemos la posibilidad de realizar audiencias y trámites de forma virtual acogiendo los beneficios y disposiciones que trae la ley. Para mayor información comunicarse con nosotros.
Es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. Se podrán conciliar todos los asuntos que sean transables o desistibles en las áreas de civil, comercial y de familia.
La mediación es un mecanismo de solución de conflictos a través del cual un tercero ajeno al problema interviene entre las personas que se encuentran inmersas en un conflicto para escucharlas, conocer sus intereses y facilitar un camino en el cual se encuentren soluciones equitativas para los participantes en la controversia. Los servicios de mediación abarcan las áreas de derecho civil, comercial, laboral y familia, y también para resolver controversias no jurídicas que requieren ser tratadas desde una perspectiva interdisciplinaria.
El arbitraje es un mecanismo por medio del cual las partes involucradas en un conflicto de carácter transigible defieren su solución a un tribunal arbitral, el cual queda transitoriamente investido de la facultad de administrar justicia, profiriendo una decisión denominada laudo arbitral. Para la prestación de este servicio, la UPB cuenta con abogados especialistas en diversos temas del derecho que garantizan idoneidad de las decisiones y efectividad de las mismas.
El Centro está en posibilidad de proveer capacitaciones relacionadas con los mecanismos alternativos de solución de controversias a través de cursos, talleres, diplomados, programas específicos para cada empresa, mediación escolar y otros procesos de formación en MASC.
Talleres de sensibilización, talleres casuísticos y de creación de escenarios para la negociación, entrenamiento de negociadores e implementación de la mediación como mecanismo idóneo para resolver conflictos escolares.
A través de la negociación asistida las partes pueden llegar a arreglos gestionados por ellas mismas, a partir de una serie de herramientas de negociación que proporcionan los facilitadores del Centro y que pueden ir dirigidas al tratamiento o resolución de controversias o hacia la prevención de las mismas.
La amigable composición es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, a través del cual, dos o más personas, sean estas naturales o jurídicas, confían a un tercero, que se denomina amigable componedor, la facultad de definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual de libre disposición.
El Centro está en posibilidad de brindar asesoría y consultoría en las áreas de Derecho.
El Centro de Conciliación y Arbitraje de la UPB Medellín “Darío Velásquez Gaviria”, cuenta con la prestación del servicio de arbitraje internacional con alta excelencia y calidad de sus miembros; cumpliendo con toda la normatividad aplicable y con un procedimiento expedito y ágil.
El Centro de Conciliación y Arbitraje de la UPB Medellín “Darío Velásquez Gaviria”, le apuesta al servicio de insolvencia de la persona natural no comerciante con el fin de que las personas puedan negociar sus deudas a través de un acuerdo con sus acreedores para obtener la normalización de sus relaciones crediticias, de conformidad con la ley 1564 de 2012, el decreto 2677 de 2012 y el decreto 1069 de 2015 y demás disposiciones pertinentes que desarrollen o modifiquen el mecanismo.
Conoce el listado de operadores
Es un mecanismo a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
Los tres requisitos que se debe reunir para conciliar en materia civil y comercial son:
Se podrán conciliar todos los asuntos que sean transables o desistibles en las áreas de Civil, Comercial y Familia.
Existen diferentes formas de solucionar los conflictos que se presenten sobre los derechos del consumidor de manera rápida, eficaz y con todos los efectos legales. En el Centro de Conciliación y arbitraje te asesoramos.
En materia de familia se pueden conciliar en el Centro de Conciliación y Arbitraje "Darío Velásquez Gaviria", algunos asuntos como:
La suspensión de la vida en común de los cónyuges.
La custodia y cuidado personal, visita y protección legal de los menores.
La fijación, disminución, aumento, exoneración de la cuota alimentaria.
La separación de cuerpos de matrimonio civil o canónico.
La separación de bienes y la liquidación de las sociedades conyugales por causa distinta a la muerte de los cónyuges.
Los procesos contenciosos sobre el régimen económico y deberes sucesorales.
Declaración unión marital de hecho.
Disolución y liquidación de sociedad conyugal y patrimonial.
En el Centro de Conciliación se pueden conciliar algunos asuntos como:
Aquellos asuntos que no admiten desistimiento, transacción o acuerdo, o que sean de naturaleza eminentemente pública o de gran interés comunitario, tales como:
Los asuntos tributarios.
El nombre, el estado civil, la capacidad o discapacidad, la nacionalidad de las personas, y las fronteras patrias.
Las solemnidades sustanciales exigidas por la ley para la formación de ciertos actos o contratos.
La calidad de heredero o legatario, las asignaciones testamentarias forzosas, y las disposiciones de un testamento legalmente constituido.
Aquellos delitos graves como el narcotráfico, el homicidio doloso, el secuestro y el terrorismo.
Asuntos en los cuales están involucrados derechos de terceras personas, como declaración de pertenencia y de bienes vacantes.
Los procesos de jurisdicción voluntaria, por no haber controversia que dirimir.
Los asuntos laborales o administrativos.
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