Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín "Darío Velásquez Gaviria" 

 

Aprobado por el Ministerio de Justicia y del Derecho según Resolución No. 1561 del 3 de junio del 2009 y Resolución No. 0949 del 13 de septiembre de 2018.

En el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín "Darío Velásquez Gaviria" ?Decano de la Facultad de Derecho de la UPB y murió ejerciendo el cargo de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, el 7 de noviembre de 1985.      de la Universidad Pontificia Bolivariana, promovemos la solución y tratamiento de conflictos jurídicos de carácter personal, empresarial e institucional, mediante la promoción y ejercicio de mecanismos alternativos de solución, entre ellos, la conciliación y el arbitraje. Estos servicios se brindan con fundamento en el humanismo cristiano, la solidaridad social y la vocación de justicia.

En nuestro Centro nos caracterizamos por:

  • Agilidad para la programación de audiencias.
  • Excelentes tarifas.
  • Ubicación de fácil acceso y zona de parqueo.
  • Calidad y confianza en el servicio.
  • Contar con un grupo interdisciplinario de reconocida idoneidad profesional, humana y ética.

Conoce nuestras tarifas  Guía para el pago de servicios  Iniciar pago

*Todo pago realizado estará sujeto a verificación de acuerdo con los hechos, pretensiones, estimación de la cuantía de la solicitud, tarifas y competencia del Centro.

  • Antes de realizar el pago usted debe tener la información a la mano de la persona natural o juridica que requiere el servicio e ingresar estos datos para tener claro a nombre de quien debe quedar la factura.
 
Red Centros de Conciliación de Antioquia
El Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín Darío Velásquez Gaviria hace parte de Red de Centros Privados de Conciliación y Arbitraje de Antioquia.
Conoce más

Documentos para descargar

Doc. Audiencia Conciliación
Doc. Conciliación Insolvencia
Doc. Modelo de cláusula compromisoria
Doc. Modelo de contrato de compromiso
Doc. Formato de solicitud ley 1996 de 2019

Paso a paso para radicar solicitudes

Formatos en línea:
Formulario Ley 1996
Formulario Insolvencia
Formulario Conciliación

No olvides revisar nuestras  Políticas de Tratamiento de Información y Protección de los Datos Personales

Recuerda que te ofrecemos la posibilidad de hacer trámites virtuales acogiendo los beneficios y disposiciones que trae la ley. Para mayor información comunicarse con nosotros a través de nuestro correo conciliacionyarbitraje.med@upb.edu.co

Suscripción de acuerdos de apoyo y directivas anticipadas

De acuerdo con la ley 1996 de 2019 y el decreto 1429 de 2020 "Por medio de la cual se establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad" el Centro de Conciliación se encuentra habilitado para realizar la formalización de suscripción de apoyos y directivas anticipadas.

Trámites virtuales

Ofrecemos la posibilidad  de realizar  audiencias y trámites de forma virtual acogiendo los beneficios y disposiciones que trae la ley. Para mayor información comunicarse con nosotros.

Conciliación

Es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. Se podrán conciliar todos los asuntos que sean transables o desistibles en las áreas de civil, comercial y de familia.

Mediación

La mediación es un mecanismo de solución de conflictos a través del cual un tercero ajeno al problema interviene entre las personas que se encuentran inmersas en un conflicto para escucharlas, conocer sus intereses y facilitar un camino en el cual se encuentren soluciones equitativas para los participantes en la controversia. Los servicios de mediación abarcan las áreas de derecho civil, comercial, laboral y familia, y también para resolver controversias no jurídicas que requieren ser tratadas desde una perspectiva interdisciplinaria.

Arbitraje

El arbitraje es un mecanismo por medio del cual las partes involucradas en un conflicto de carácter transigible defieren su solución a un tribunal arbitral, el cual queda transitoriamente investido de la facultad de administrar justicia, profiriendo una decisión denominada laudo arbitral. Para la prestación de este servicio, la UPB cuenta con abogados especialistas en diversos temas del derecho que garantizan idoneidad de las decisiones y efectividad de las mismas.

Capacitación

El Centro está en posibilidad de proveer capacitaciones relacionadas con los mecanismos alternativos de solución de controversias a través de cursos, talleres, diplomados, programas específicos para cada empresa, mediación escolar y otros procesos de formación en MASC.

Mediación escolar

Talleres de sensibilización, talleres casuísticos y de creación de escenarios para la negociación, entrenamiento de negociadores e implementación de la mediación como mecanismo idóneo para resolver conflictos escolares.

Negociación asistida

A través de la negociación asistida las partes pueden llegar a arreglos gestionados por ellas mismas, a partir de una serie de herramientas de negociación que proporcionan los facilitadores del Centro y que pueden ir dirigidas al tratamiento o resolución de controversias o hacia la prevención de las mismas.

Amigable composición

La amigable composición es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, a través del cual, dos o más personas, sean estas naturales o jurídicas, confían a un tercero, que se denomina amigable componedor, la facultad de definir, con fuerza vinculante para las partes, una controversia contractual de libre disposición.

Asesoría y Consultoría Jurídica

El Centro está en posibilidad de brindar asesoría y consultoría en las áreas de Derecho.

Arbitraje Internacional

El Centro de Conciliación y Arbitraje de la UPB Medellín “Darío Velásquez Gaviria”, cuenta con la prestación del servicio de arbitraje internacional con alta excelencia y calidad de sus miembros; cumpliendo con toda la normatividad aplicable y con un procedimiento expedito y ágil.

Insolvencia de la persona natural no comerciante

El Centro de Conciliación y Arbitraje de la UPB Medellín “Darío Velásquez Gaviria”, le apuesta al servicio de insolvencia de la persona natural no comerciante con el fin de que las personas puedan negociar sus deudas a través de un acuerdo con sus acreedores para obtener la normalización de sus relaciones crediticias, de conformidad con la ley 1564 de 2012, el decreto 2677 de 2012 y el decreto 1069 de 2015 y demás disposiciones pertinentes que desarrollen o modifiquen el mecanismo. 

Por qué conciliar

  • Rapidez
  • Menores costos económicos
  • Acuerdos duraderos
  • Promoción cultura democrática
  • Menos costos emocionales
  • Validez legal
  • Requisito de procedibilidad
  • Confidencialidad

Conciliadores 

Conoce el listado de operadores

Horarios de atención

  • Lunes a jueves: de 7:30 a.m. a 12:30 y de 1:30 p.m. a 5:30 p.m.
  • Viernes: de 7:30 a.m. a 12:30 y de 1:30 p.m. a 5:00 p.m.

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué se puede conciliar?

    Se podrán conciliar todos los asuntos que sean transables o desistibles en las áreas de Civil, Comercial y Familia.

  • ¿Cuáles asuntos son conciliables?

    En el Centro de Conciliación se pueden conciliar algunos asuntos como:

    • Disputas patrimoniales relativas a los modos de adquirir el dominio, el uso, goce y posesión de los bienes; servidumbres y gravámenes al dominio, excepto en lo relativo a la validez de la tradición.
    • Conflictos económicos sobre empresas y establecimientos de comercio.
    • Disputas patrimoniales relativas a la celebración, ejecución y terminación de los contratos civiles y comerciales, tales como compraventa, permuta, arrendamiento, etc.
    • Disputas económicas derivadas de la creación y negociación de títulos valores.
    • Disputas de carácter patrimonial referentes a la constitución, extinción y liquidación de sociedades civiles, comerciales y de hecho.
    • Perjuicios por responsabilidad civil contractual y extracontractual.
    • Incumplimiento en el pago de créditos o contratos de mutuo.
    • Reconocimiento y pago de mejoras en bien ajeno.
    • Controversias entre poseedores y/o propietarios de bienes inmuebles colindantes respecto al uso de muro medianero.
    • Controversias entre propietarios y/o poseedores de bienes inmuebles colindantes respecto de humedades o peligro de derrumbamiento.
    • Controversias entre propietarios por la violación de los derechos en los espacios de uso común.
  • ¿Cómo funciona la solución de conflictos del derecho del consumidor?

    Existen diferentes formas de solucionar los conflictos que se presenten sobre los derechos del consumidor de manera rápida, eficaz y con todos los efectos legales. En el Centro de Conciliación y arbitraje te asesoramos.

  • ¿Cuáles son los requisitos para conciliar?

    Los tres requisitos que se debe reunir para conciliar en materia civil y comercial son:

    • Que se dé un conflicto de naturaleza patrimonial o extrapatrimonial originado en alguna de las fuentes de las obligaciones civiles o mercantiles (la ley, el negocio jurídico, el acto jurídico, el daño, etc).
    • Que la controversia sea susceptible de transacción, vale decir, que verse sobre asuntos y derechos sobre los cuales las partes tengan poder de disposición.
    • Que no exista la prohibición legal de transar o conciliar en el tema considerado.
  • ¿Qué es la conciliación?

    Es un mecanismo a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.

  • ¿Cuáles asuntos son conciliables en materia de familia?

    En materia de familia se pueden conciliar en el Centro de Conciliación y Arbitraje "Darío Velásquez Gaviria", algunos asuntos como:

    • La suspensión de la vida en común de los cónyuges. 

    • La custodia y cuidado personal, visita y protección legal de los menores. 

    • La fijación, disminución, aumento, exoneración de la cuota alimentaria. 

    • La separación de cuerpos de matrimonio civil o canónico. 

    • La separación de bienes y la liquidación de las sociedades conyugales por causa distinta a la muerte de los cónyuges. 

    • Los procesos contenciosos sobre el régimen económico y deberes sucesorales. 

    • Declaración unión marital de hecho. 

    • Disolución y liquidación de sociedad conyugal y patrimonial. 

  • ¿Qué no se puede conciliar en un Centro de Conciliación?

    Aquellos asuntos que no admiten desistimiento, transacción o acuerdo, o que sean de naturaleza eminentemente pública o de gran interés comunitario, tales como: 

    • Los asuntos tributarios. 

    • El nombre, el estado civil, la capacidad o discapacidad, la nacionalidad de las personas, y las fronteras patrias. 

    • Las solemnidades sustanciales exigidas por la ley para la formación de ciertos actos o contratos. 

    • La calidad de heredero o legatario, las asignaciones testamentarias forzosas, y las disposiciones de un testamento legalmente constituido. 

    • Aquellos delitos graves como el narcotráfico, el homicidio doloso, el secuestro y el terrorismo. 

    • Asuntos en los cuales están involucrados derechos de terceras personas, como declaración de pertenencia y de bienes vacantes. 

    • Los procesos de jurisdicción voluntaria, por no haber controversia que dirimir. 

    • Los asuntos laborales o administrativos. 

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Personal

 
Gustavo Adolfo Ortiz Cano

Gustavo Adolfo Ortiz Cano

Director Consultorio Jurídico Pío XII y Director del Centro de Conciliación y ArbitrajeMedellín
 
Sara González

Sara González Martelo

Especialista en Responsabilidad Civil y del EstadoMedellín
 
Maria Camila Rodríguez

María Camila Rodríguez

Asistente administrativaMedellín

Oficinas

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Celular: 311 634 41 66
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