Conoce los pasos que se deben seguir para realizar el traslado del fondo de pensión privado (Protección, Porvenir, Colfondos, Old Mutual, Skandia) al fondo de pensión público (Colpensiones).
El empleado debe asistir a las asesorías que ofrecen los fondos de pensiones, para que se analice su situación pensional.
Mujeres: Entre los 42 y antes de cumplir los 47 años.
Hombres: Entre los 45 y antes de cumplir los 52 años.
Para este rango de edades la ley exige la doble asesoría.
Debe dirigirse primero a la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) en la que se encuentre actualmente afiliado, para la asesoría previa al traslado y luego a Colpensiones. Debe realizarlo antes de tomar la decisión de traslado.
* Para formalizar el traslado se exige el certificado de la doble asesoría.
Los siguientes son los pasos que deben seguir quienes se encuentran en el siguiente rango de edad:
Mujeres: menores de 42 años.
Hombres: menores de 45 años.
Para estos rangos de edades, aunque no se exige el certificado de la doble asesoría, se recomienda antes de tomar la decisión de traslado buscar la asesoría especializada que le brinde claridad sobre su situación pensional futura.
Diligenciar el formato establecido por Colpensiones, en letra de imprenta, legible, sin tachaduras ni enmendaduras.
El formulario se reclama en las oficinas de Colpensiones o se descarga desde la página.
El afiliado (Empleado), una vez diligencie sus datos generales en el formulario, deberá entregarlo en Gestión Humana - Área de Seguridad Social para la firma y datos correspondientes del empleador.
* Adjuntar con el formulario: La copia de la cédula al 150% y según el rango de edad la copia de los certificados de la doble asesoría.
Gestión Humana- Área de Seguridad Social, devolverá el formulario al empleado, dentro de los tres días hábiles siguientes, para que realice personalmente el trámite ante Colpensiones.
El empleado después de realizar el trámite ante Colpensiones, debe entregar lo siguiente en Gestión Humana:
- Copia del formulario con la radicación y la carta de recibido ante Colpensiones.
- Copia de la notificación de aceptación o rechazo emitida por los fondos de pensiones.
Resolución 020198 del 31 de octubre de 2024 por un periodo de 8 años
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